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miércoles, 26 de agosto de 2009

Despenalizar el consumo de droga

Sociedad
OPINIÓN
Altamente positivo
Desde el punto de vista jurídico, con esta sentencia se retoma la doctrina del caso Bazterrica, de 1986, que fue revertido por el fallo Montalvo, dictado por este tribunal en épocas de la corte menemista. Daniel Sabsay.
Por D. Sabsay
26.08.2009

Entiendo que este fallo de la Corte Suprema de Justicia es altamente positivo porque concilia muy bien los intereses en juego.

Por un lado, el interés general de la sociedad –al que protege cuando circunscribe el consumo al ámbito privado– y, por el otro, la integridad de las personas.Desde el punto de vista jurídico, con esta sentencia se retoma la doctrina del caso Bazterrica, de 1986, que fue revertido por el fallo Montalvo, dictado por este tribunal en épocas de la corte menemista. Y está mucho más en consonancia con la tendencia jurídica internacional establecida por el pacto de San José de Costa Rica en materia de derechos individuales.

Durante estos años que rigió el concepto de la penalización para combatir el narcotráfico, la Argentina se ha convertido en un país donde el tráfico de drogas se ha incrementado notoriamente –incluso al punto de ya no ser considerados sólo un país de tránsito–, con lo que queda cabalmente demostrado que penalizar el consumo personal no es eficiente para evitarlo.

En el fallo, la Corte exhorta a que el Estado no ceje en este combate y que optimice los mecanismos preventivos para evitar que los jóvenes sean víctimas de este flagelo.Además, este fallo acota la tenencia para el consumo y en cuanto a su cantidad, haciendo hincapié en la necesidad de no revictimizar con el sistema penal a los que ya son víctimas de la adicción a las drogas.

Y se resalta la importancia de un sistema liberal dentro del marco de un Estado de derecho.

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