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martes, 21 de julio de 2009

Tres Versiones sobre un mismo tema : El blanqueo de dinero- Versión uno de 2,por Lucio Di Matteo

"El torniquete cambiario que el Gobierno inició meses atrás con las restricciones para importar y los controles en la city porteña podría redoblar su presión en los próximos días si prospera una iniciativa oficial que está muy avanzada y que apunta a obligar a personas y empresas a demostrar que están en regla ante la AFIP para comprar dólares.


La medida busca desalentar la fuga de capitales que acumula US$ 37.000 millones desde el inicio de la crisis, y transcurridas las elecciones parece lejos de detenerse. Además, explican en la AFIP, se enmarca en un nuevo escenario de sanción a la evasión impositiva.


Según el trabajo efectuado por la AFIP y el Banco Central (BCRA), que elaboraron borradores de resolución y comunicación respectivamente, todos aquellos que quieran adquirir esta divisas deberán mostrar que los pesos correspondientes provienen de sus ingresos declarados.


El jefe de la AFIP, Ricardo Echegaray, explicó a El Cronista que, con el vencimiento del acuerdo fiscal, concluye “una oportunidad para que los contribuyentes exterioricen” sus rentas.

Y abundó: “comienza un nuevo ciclo en el que la evasión impositiva será sancionada cuando los contribuyentes ocultan rentas al Fisco y después salen a comprar divisas”.


“Ahora estamos instrumentando un procedimiento de control que permitirá combatir la evasión impositiva de aquellos que compran divisas sin tener un respaldo económico que hayan exteriorizado como contribuyentes ante el Fisco. Esta política busca dar mayor certeza y transparencia”, planteó Echegaray.


En los borradores del Central y la AFIP se llegó a plantear que toda persona física o jurídica iba a tener que tramitar un Certificado de Operación Cambiaria (COC), con validez de 10 días, para poder realizar todas “las operaciones de compra de moneda extranjera, cualquiera sea su finalidad o destino, mediante la entrega de pesos billetes”, según la documentación a la que tuvo acceso este diario.


No obstante, Echegaray aclaró anoche que no se instrumentará esa alternativa más restrictiva. En ese marco, remarcó que se utilizará “la capacidad de información que dispone la AFIP para la consulta por parte de las entidades que venden divisas”.

Así, la casa de cambio deberá ingresar los datos de la persona, física o jurídica, a la página web de la AFIP, donde verá la situación ante el Fisco, de acuerdo a los ingresos declarados. (...)"

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